Actualizado: 6 de octubre de 2026
La cuenta 257 del Plan General Contable recoge «Derechos de reembolso derivados de contratos de seguro relativos a retribuciones a largo plazo al personal». En esta ficha encontrarás su definición oficial, cuándo se carga y cuándo se abona y las cuentas con las que se relaciona.
| Código | 257 |
|---|---|
| Denominación | Derechos de reembolso derivados de contratos de seguro relativos a retribuciones a largo plazo al personal |
| Nivel | Cuenta |
| Grupo | 2 · Activo no corriente |
| Subgrupo | 25 · Otras inversiones financieras a largo plazo |
| Naturaleza | Activo no corriente |
| Norma | Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007) |
Qué es la cuenta 257 y cuándo se utiliza
La cuenta 257 recoge los derechos de reembolso derivados de contratos de seguro relativos a retribuciones a largo plazo al personal.
Definición y movimiento según el PGC
Derechos de reembolso exigibles a una entidad aseguradora, que no cumpliendo los requisitos para ser calificados como activos afectos de acuerdo con lo dispuesto en las normas de registro y valoración deba reconocerse en el activo del balance.
Su movimiento es el siguiente:
a) Se cargará:
a1) Por las cantidades satisfechas en concepto de primas, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
a2) Por el reconocimiento de ganancias actuariales, con abono a la cuenta 950, en caso de tratarse de retribuciones post-empleo, debiendo abonarse a una cuenta del subgrupo 64 en las restantes retribuciones a largo plazo al personal.
a3) Por el rendimiento esperado de los derechos de reembolso, con abono a la cuenta 767.
b) Se abonará:
b1) Por la disposición que se realice del derecho de reembolso, con cargo a la cuenta 140, o con cargo a cuentas del subgrupo 57.
b2) Por el reconocimiento de pérdidas actuariales, con cargo a la cuenta 850, en caso de tratarse de retribuciones post-empleo, debiendo cargarse a una cuenta del subgrupo 64 en las restantes retribuciones a largo plazo al personal.
b3) Por el exceso de valor del derecho de reembolso que suponga un reembolso directo, con cargo a cuentas del subgrupo 57.
Resumen: cuándo se carga y cuándo se abona la cuenta 257
Debe (cargos)
- Por las cantidades satisfechas en concepto de primas, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
- Por el reconocimiento de ganancias actuariales, con abono a la cuenta 950, en caso de tratarse de retribuciones post-empleo, debiendo abonarse a una cuenta del subgrupo 64 en las restantes retribuciones a largo plazo al personal.
- Por el rendimiento esperado de los derechos de reembolso, con abono a la cuenta 767.
Haber (abonos)
- Por la disposición que se realice del derecho de reembolso, con cargo a la cuenta 140, o con cargo a cuentas del subgrupo 57.
- Por el reconocimiento de pérdidas actuariales, con cargo a la cuenta 850, en caso de tratarse de retribuciones post-empleo, debiendo cargarse a una cuenta del subgrupo 64 en las restantes retribuciones a largo plazo al personal.
- Por el exceso de valor del derecho de reembolso que suponga un reembolso directo, con cargo a cuentas del subgrupo 57.
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Preguntas frecuentes
¿Qué recoge la cuenta 257 del PGC?
Recoge derechos de reembolso derivados de contratos de seguro relativos a retribuciones a largo plazo al personal. Su naturaleza es: activo no corriente.
¿En qué parte del balance aparece la cuenta 257?
En el activo del balance (activo no corriente), salvo las cuentas compensadoras de amortización y deterioro, que minoran el valor del activo.
¿La cuenta 257 existe en el PGC de Pymes?
El PGC de Pymes (Real Decreto 1515/2007) utiliza una estructura de cuentas muy similar, aunque simplificada. Conviene comprobar en su cuadro de cuentas si este código concreto se mantiene.
Fuente: cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables del Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (BOE). Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos.