Actualizado: 6 de octubre de 2026
La subcuenta 5133 del Plan General Contable recoge «Otras deudas a corto plazo con empresas del grupo». En esta ficha encontrarás su definición oficial, cuándo se carga y cuándo se abona y las cuentas con las que se relaciona.
| Código | 5133 |
|---|---|
| Denominación | Otras deudas a corto plazo con empresas del grupo |
| Nivel | Subcuenta |
| Grupo | 5 · Cuentas financieras |
| Subgrupo | 51 · Deudas a corto plazo con partes vinculadas |
| Cuenta | 513 · Otras deudas a corto plazo con partes vinculadas |
| Naturaleza | Cuentas financieras (activo o pasivo corriente) |
| Norma | Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007) |
Definición y movimiento según el PGC
Esta subcuenta se rige por la definición de su cuenta de tres dígitos (513):
Las contraídas con partes vinculadas por préstamos recibidos y otros débitos no incluidos en otras cuentas de este subgrupo, con vencimiento no superior a un año.
5133/5134/5135
El movimiento de las cuentas citadas de cuatro cifras es análogo al descrito para la cuenta 510.
Cuentas relacionadas
- 5134 Otras deudas a corto plazo con empresas asociadas
- 5135 Otras deudas a corto plazo con otras partes vinculadas
Preguntas frecuentes
¿Qué recoge la subcuenta 5133 del PGC?
Recoge otras deudas a corto plazo con empresas del grupo. Su naturaleza es: cuentas financieras (activo o pasivo corriente).
¿La subcuenta 5133 existe en el PGC de Pymes?
El PGC de Pymes (Real Decreto 1515/2007) utiliza una estructura de cuentas muy similar, aunque simplificada. Conviene comprobar en su cuadro de cuentas si este código concreto se mantiene.
Fuente: cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables del Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (BOE). Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos.