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Subcuenta 5303 del PGC: Participaciones a corto plazo, en empresas del grupo

Actualizado: 6 de octubre de 2026

La subcuenta 5303 del Plan General Contable recoge «Participaciones a corto plazo, en empresas del grupo». En esta ficha encontrarás su definición oficial, cuándo se carga y cuándo se abona y las cuentas con las que se relaciona.

Código 5303
Denominación Participaciones a corto plazo, en empresas del grupo
Nivel Subcuenta
Grupo 5 · Cuentas financieras
Subgrupo 53 · Inversiones financieras a corto plazo en partes vinculadas
Cuenta 530 · Participaciones a corto plazo en partes vinculadas
Naturaleza Cuentas financieras (activo o pasivo corriente)
Norma Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007)

Definición y movimiento según el PGC

El PGC define conjuntamente las cuentas 5303/5304.

El movimiento de las cuentas citadas de cuatro cifras es el siguiente:

a) Se cargarán:

a1) A la suscripción o compra, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y, en su caso, a la cuenta 539.

a2) En su caso, en el momento en que el importe recuperable sea superior al valor contable de las inversiones, hasta el límite de los ajustes valorativos negativos previos imputados directamente a patrimonio neto, con abono a las cuentas 991 ó 992.

b) Se abonarán:

b1) En su caso, por el importe del deterioro estimado, hasta el límite de los ajustes valorativos positivos previos imputados directamente a patrimonio neto, con cargo a las cuentas 891 u 892.

b2) Por las enajenaciones y en general por su baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57, si existen desembolsos pendientes a la cuenta 539 y en caso de pérdidas a la cuenta 666.

Resumen: cuándo se carga y cuándo se abona la subcuenta 5303

Debe (cargos)

  • A la suscripción o compra, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y, en su caso, a la cuenta 539.
  • En su caso, en el momento en que el importe recuperable sea superior al valor contable de las inversiones, hasta el límite de los ajustes valorativos negativos previos imputados directamente a patrimonio neto, con abono a las cuentas 991 ó 992.

Haber (abonos)

  • En su caso, por el importe del deterioro estimado, hasta el límite de los ajustes valorativos positivos previos imputados directamente a patrimonio neto, con cargo a las cuentas 891 u 892.
  • Por las enajenaciones y en general por su baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57, si existen desembolsos pendientes a la cuenta 539 y en caso de pérdidas a la cuenta 666.

Cuentas relacionadas

Preguntas frecuentes

¿Qué recoge la subcuenta 5303 del PGC?

Recoge participaciones a corto plazo, en empresas del grupo. Su naturaleza es: cuentas financieras (activo o pasivo corriente).

¿La subcuenta 5303 existe en el PGC de Pymes?

El PGC de Pymes (Real Decreto 1515/2007) utiliza una estructura de cuentas muy similar, aunque simplificada. Conviene comprobar en su cuadro de cuentas si este código concreto se mantiene.

Fuente: cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables del Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (BOE). Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos.

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