Actualizado: 6 de octubre de 2026
La cuenta 670 del Plan General Contable recoge «Pérdidas procedentes del inmovilizado intangible». En esta ficha encontrarás su definición oficial, cuándo se carga y cuándo se abona y las cuentas con las que se relaciona.
| Código | 670 |
|---|---|
| Denominación | Pérdidas procedentes del inmovilizado intangible |
| Nivel | Cuenta |
| Grupo | 6 · Compras y gastos |
| Subgrupo | 67 · Pérdidas procedentes de activos no corrientes y gastos excepcionales |
| Naturaleza | Gasto: cuenta de pérdidas y ganancias |
| Norma | Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007) |
Qué es la cuenta 670 y cuándo se utiliza
La cuenta 670 recoge las pérdidas procedentes del inmovilizado intangible: la pérdida al vender o dar de baja intangibles (software, marcas, derechos) por debajo de su valor contable.
Definición y movimiento según el PGC
El PGC define conjuntamente las cuentas 670/671/672.
Pérdidas producidas en la enajenación de inmovilizado intangible, material o las inversiones inmobiliarias o por su baja del activo, como consecuencia de pérdidas irreversibles de dichos activos.
Se cargarán por la pérdida producida en la enajenación o baja, con abono a las cuentas del grupo 2 que correspondan o a la cuenta 580.
Cuentas relacionadas
- 671 Pérdidas procedentes del inmovilizado material
- 672 Pérdidas procedentes de las inversiones inmobiliarias
- 673 Pérdidas procedentes de participaciones a largo plazo en partes vinculadas
- 675 Pérdidas por operaciones con obligaciones propias
- 678 Gastos excepcionales
Preguntas frecuentes
¿Qué recoge la cuenta 670 del PGC?
Recoge pérdidas procedentes del inmovilizado intangible. Su naturaleza es: gasto: cuenta de pérdidas y ganancias.
¿La cuenta 670 tiene saldo deudor o acreedor?
Es una cuenta de gasto, por lo que normalmente presenta saldo deudor: se carga cuando se devenga el gasto y se salda al cierre del ejercicio contra la cuenta 129 (o contra el patrimonio neto, en el caso del grupo 8).
¿La cuenta 670 existe en el PGC de Pymes?
El PGC de Pymes (Real Decreto 1515/2007) utiliza una estructura de cuentas muy similar, aunque simplificada. Conviene comprobar en su cuadro de cuentas si este código concreto se mantiene.
Fuente: cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables del Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (BOE). Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos.