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Epígrafe 412.2 del IAE: Obtención y envasado de aceites y grasas de animales marinos

Actualizado: 6 de octubre de 2026

El epígrafe 412.2 del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) corresponde a la actividad de obtención y envasado de aceites y grasas de animales marinos. Se encuadra en la Sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas, dentro del grupo 412 («Fabricación de aceites y grasas, vegetales y animales (excepto aceite de oliva)»), de la agrupación 41 («Industrias de productos alimenticios y bebidas») y de la división 4 («Otras industrias manufactureras»).

Código Epígrafe 412.2
Denominación Obtención y envasado de aceites y grasas de animales marinos
Sección Sección 1.ª · Actividades empresariales
División División 4 · Otras industrias manufactureras
Agrupación Agrupación 41 · Industrias de productos alimenticios y bebidas
Grupo Grupo 412 · Fabricación de aceites y grasas, vegetales y animales (excepto aceite de oliva)
Tipo de actividad Empresarial
Norma Real Decreto Legislativo 1175/1990, tarifas e instrucción del IAE

Explicación del epígrafe 412.2: qué actividad es

El epígrafe 412.2 corresponde a la obtención de aceites de animales marinos, dentro de la agrupación de industrias de productos alimenticios y bebidas.

Las industrias alimentarias deben inscribirse en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) o en el registro autonómico correspondiente.

Definición oficial en las tarifas del IAE

Las tarifas del IAE describen esta actividad como «Obtención y envasado de aceites y grasas de animales marinos». Debe darse de alta en este epígrafe quien realice esa actividad de forma habitual y por cuenta propia. Si además realizas otras actividades distintas, tendrás que darte de alta también en sus epígrafes correspondientes.

Texto oficial de la tarifa: cuota y notas

Cuota de:

Por cada obrero: 1.688 pesetas. (10,145084 euros)

Por cada Kw: 63 pesetas. (0,378638 euro)

Nota: Este epígrafe comprende la obtención y envasado de aceites y grasas de animales marinos, tales como aceites de hígado y vísceras de bacalao y otros pescados, aceites del cuerpo de los pescados, aceites y grasas de mamíferos acuáticos (ballenas, cachalotes, etc.), así como la obtención de residuos de la extracción de estos aceites y grasas.

Las cuotas figuran en pesetas en el texto original de la norma, con su equivalencia en euros entre paréntesis. A estas cuotas mínimas se les aplican el coeficiente de ponderación y, en su caso, el coeficiente de situación y el recargo provincial que fije cada ayuntamiento y diputación.

Fiscalidad de la actividad: IRPF, IVA e IAE

  • IRPF: si la actividad la desarrolla un autónomo, el rendimiento se calcula por estimación directa (normal o simplificada) y se ingresan pagos fraccionados trimestrales con el modelo 130. Si la ejerce una sociedad, tributa en el Impuesto sobre Sociedades (modelos 200 y 202).
  • IAE: están exentas del pago las personas físicas, los sujetos pasivos durante los dos primeros periodos impositivos de actividad y las entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 €. Aun estando exento, hay que darse de alta en el epígrafe a través de la declaración censal.

Cómo darse de alta en el epígrafe 412.2

  1. Declaración censal (modelo 036) ante la Agencia Tributaria, indicando el epígrafe 412.2, la fecha de inicio y el lugar de ejercicio. Desde 2025 el modelo 037 está suprimido y todo se tramita con el 036.
  2. Alta en la Seguridad Social (RETA si eres autónomo, o el régimen que corresponda) con el código CNAE de la actividad, antes de empezar a trabajar.
  3. Modelo 840 del IAE solo si no estás exento (entidades con cifra de negocios igual o superior a 1 millón de euros).
  4. Licencias y permisos municipales si la actividad se desarrolla en un local, y requisitos sectoriales específicos cuando existan.

Otros epígrafes del grupo 412

Preguntas frecuentes

¿Qué es el epígrafe 412.2 del IAE?

Es el código de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponde a la actividad de obtención y envasado de aceites y grasas de animales marinos, dentro de las actividades empresariales (Sección 1.ª).

¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 412.2?

No, si eres persona física o si tu empresa factura menos de 1.000.000 € al año, ni durante los dos primeros años de actividad. Aun así, debes darte de alta en el epígrafe mediante el modelo 036.

¿Qué modelo se presenta para darse de alta en el epígrafe 412.2?

La declaración censal, modelo 036, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. El modelo 037 (simplificado) quedó suprimido en 2025.

¿Puedo estar dado de alta en varios epígrafes a la vez?

Sí. Debes darte de alta en todos los epígrafes que correspondan a las actividades que realmente ejerces, e indicar cuál es la principal.

Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990 (BOE), texto consolidado. Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos; consulta con tu asesor tu caso concreto.

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