Actualizado: 6 de octubre de 2026
El epígrafe 442.9 del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) corresponde a la actividad de fabricación de otros artículos de cuero n.c.o.p. Se encuadra en la Sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas, dentro del grupo 442 («Fabricación de artículos de cuero y similares»), de la agrupación 44 («Industria del cuero») y de la división 4 («Otras industrias manufactureras»).
| Código | Epígrafe 442.9 |
|---|---|
| Denominación | Fabricación de otros artículos de cuero n.c.o.p |
| Sección | Sección 1.ª · Actividades empresariales |
| División | División 4 · Otras industrias manufactureras |
| Agrupación | Agrupación 44 · Industria del cuero |
| Grupo | Grupo 442 · Fabricación de artículos de cuero y similares |
| Tipo de actividad | Empresarial |
| Norma | Real Decreto Legislativo 1175/1990, tarifas e instrucción del IAE |
Explicación del epígrafe 442.9: qué actividad es
El epígrafe 442.9 corresponde a la fabricación de otros artículos de cuero, dentro de la industria textil, del cuero y del calzado.
Es una actividad manufacturera; si además vendes al por menor tus productos, necesitas también el epígrafe de comercio correspondiente.
Definición oficial en las tarifas del IAE
Las tarifas del IAE describen esta actividad como «Fabricación de otros artículos de cuero n.c.o.p». Debe darse de alta en este epígrafe quien realice esa actividad de forma habitual y por cuenta propia. Si además realizas otras actividades distintas, tendrás que darte de alta también en sus epígrafes correspondientes.
Texto oficial de la tarifa: cuota y notas
Cuota de:
Por cada obrero: 3.292 pesetas. (19,785318 euros)
Por cada Kw: 4.534 pesetas. (27,249889 euros)
Nota: Este epígrafe comprende la fabricación de artículos de cuero no especificados en otros epígrafes, tales como artículos de cuero para usos industriales (correas, tacos, tiratacos, etc.); artículos de guarnicionería (correajes, albardones, sillas de montar, látigos y fustas, etc.); artículos de botería (botas y corambres), talabartería, equipo militar, artículos de deporte, etc.; así como la fabricación de artículos a base de sucedáneos de cuero y repujado.
Nota común al grupo 442. Los sujetos pasivos matriculados en este grupo que realicen las actividades comprendidas en el mismo con tres obreros como máximo, tributarán al 50 por 100 de la cuota asignada al epígrafe respectivo.
Las cuotas figuran en pesetas en el texto original de la norma, con su equivalencia en euros entre paréntesis. A estas cuotas mínimas se les aplican el coeficiente de ponderación y, en su caso, el coeficiente de situación y el recargo provincial que fije cada ayuntamiento y diputación.
Fiscalidad de la actividad: IRPF, IVA e IAE
- IRPF: si la actividad la desarrolla un autónomo, el rendimiento se calcula por estimación directa (normal o simplificada) y se ingresan pagos fraccionados trimestrales con el modelo 130. Si la ejerce una sociedad, tributa en el Impuesto sobre Sociedades (modelos 200 y 202).
- IAE: están exentas del pago las personas físicas, los sujetos pasivos durante los dos primeros periodos impositivos de actividad y las entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 €. Aun estando exento, hay que darse de alta en el epígrafe a través de la declaración censal.
Cómo darse de alta en el epígrafe 442.9
- Declaración censal (modelo 036) ante la Agencia Tributaria, indicando el epígrafe 442.9, la fecha de inicio y el lugar de ejercicio. Desde 2025 el modelo 037 está suprimido y todo se tramita con el 036.
- Alta en la Seguridad Social (RETA si eres autónomo, o el régimen que corresponda) con el código CNAE de la actividad, antes de empezar a trabajar.
- Modelo 840 del IAE solo si no estás exento (entidades con cifra de negocios igual o superior a 1 millón de euros).
- Licencias y permisos municipales si la actividad se desarrolla en un local, y requisitos sectoriales específicos cuando existan.
Otros epígrafes del grupo 442
- Epígrafe 442.1 Fabricación de artículos de marroquinería y viajes
- Epígrafe 442.2 Fabricación de guantes de piel
Preguntas frecuentes
¿Qué es el epígrafe 442.9 del IAE?
Es el código de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponde a la actividad de fabricación de otros artículos de cuero n.c.o.p, dentro de las actividades empresariales (Sección 1.ª).
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 442.9?
No, si eres persona física o si tu empresa factura menos de 1.000.000 € al año, ni durante los dos primeros años de actividad. Aun así, debes darte de alta en el epígrafe mediante el modelo 036.
¿Qué modelo se presenta para darse de alta en el epígrafe 442.9?
La declaración censal, modelo 036, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. El modelo 037 (simplificado) quedó suprimido en 2025.
¿Puedo estar dado de alta en varios epígrafes a la vez?
Sí. Debes darte de alta en todos los epígrafes que correspondan a las actividades que realmente ejerces, e indicar cuál es la principal.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990 (BOE), texto consolidado. Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos; consulta con tu asesor tu caso concreto.