Actualizado: 6 de octubre de 2026
El epígrafe 465.6 del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) corresponde a la actividad de harina y lana de madera. Se encuadra en la Sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas, dentro del grupo 465 («Fabricación de objetos diversos de madera (excepto muebles)»), de la agrupación 46 («Industrias de la madera, corcho y muebles de madera») y de la división 4 («Otras industrias manufactureras»).
| Código | Epígrafe 465.6 |
|---|---|
| Denominación | Harina y lana de madera |
| Sección | Sección 1.ª · Actividades empresariales |
| División | División 4 · Otras industrias manufactureras |
| Agrupación | Agrupación 46 · Industrias de la madera, corcho y muebles de madera |
| Grupo | Grupo 465 · Fabricación de objetos diversos de madera (excepto muebles) |
| Tipo de actividad | Empresarial |
| Norma | Real Decreto Legislativo 1175/1990, tarifas e instrucción del IAE |
Explicación del epígrafe 465.6: qué actividad es
El epígrafe 465.6 corresponde a la fabricación de harina y lana de madera, dentro de la industria de la madera, el corcho y el mueble.
Definición oficial en las tarifas del IAE
Las tarifas del IAE describen esta actividad como «Harina y lana de madera». Debe darse de alta en este epígrafe quien realice esa actividad de forma habitual y por cuenta propia. Si además realizas otras actividades distintas, tendrás que darte de alta también en sus epígrafes correspondientes.
Fiscalidad de la actividad: IRPF, IVA e IAE
- IRPF: si la actividad la desarrolla un autónomo, el rendimiento se calcula por estimación directa (normal o simplificada) y se ingresan pagos fraccionados trimestrales con el modelo 130. Si la ejerce una sociedad, tributa en el Impuesto sobre Sociedades (modelos 200 y 202).
- IAE: están exentas del pago las personas físicas, los sujetos pasivos durante los dos primeros periodos impositivos de actividad y las entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 €. Aun estando exento, hay que darse de alta en el epígrafe a través de la declaración censal.
Cómo darse de alta en el epígrafe 465.6
- Declaración censal (modelo 036) ante la Agencia Tributaria, indicando el epígrafe 465.6, la fecha de inicio y el lugar de ejercicio. Desde 2025 el modelo 037 está suprimido y todo se tramita con el 036.
- Alta en la Seguridad Social (RETA si eres autónomo, o el régimen que corresponda) con el código CNAE de la actividad, antes de empezar a trabajar.
- Modelo 840 del IAE solo si no estás exento (entidades con cifra de negocios igual o superior a 1 millón de euros).
- Licencias y permisos municipales si la actividad se desarrolla en un local, y requisitos sectoriales específicos cuando existan.
Otros epígrafes del grupo 465
- Epígrafe 465.1 Objetos de madera de uso doméstico y decorativo
- Epígrafe 465.2 Herramientas, mangos, monturas y artículos similares de madera
- Epígrafe 465.3 Artículos de madera para la fabricación y conservación del calzado
- Epígrafe 465.4 Artículos de madera para la industria textil
- Epígrafe 465.5 Calzado de madera
- Epígrafe 465.9 Otros objetos diversos de madera (excepto muebles) n.c.o.p
Preguntas frecuentes
¿Qué es el epígrafe 465.6 del IAE?
Es el código de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponde a la actividad de harina y lana de madera, dentro de las actividades empresariales (Sección 1.ª).
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 465.6?
No, si eres persona física o si tu empresa factura menos de 1.000.000 € al año, ni durante los dos primeros años de actividad. Aun así, debes darte de alta en el epígrafe mediante el modelo 036.
¿Qué modelo se presenta para darse de alta en el epígrafe 465.6?
La declaración censal, modelo 036, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. El modelo 037 (simplificado) quedó suprimido en 2025.
¿Puedo estar dado de alta en varios epígrafes a la vez?
Sí. Debes darte de alta en todos los epígrafes que correspondan a las actividades que realmente ejerces, e indicar cuál es la principal.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990 (BOE), texto consolidado. Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos; consulta con tu asesor tu caso concreto.