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Epígrafe 731 del IAE (profesionales): Abogados

Actualizado: 6 de octubre de 2026

El epígrafe 731 del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) corresponde a la actividad de abogados. Se encuadra en la Sección 2.ª (actividades profesionales) de las tarifas, dentro de la agrupación 73 («Profesionales del Derecho») y de la división 7 («Profesionales relacionados con las actividades financieras, jurídicas, de seguros y de alquileres»).

Código Epígrafe 731
Denominación Abogados
Sección Sección 2.ª · Actividades profesionales
División División 7 · Profesionales relacionados con las actividades financieras, jurídicas, de seguros y de alquileres
Agrupación Agrupación 73 · Profesionales del Derecho
Tipo de actividad Profesional
Norma Real Decreto Legislativo 1175/1990, tarifas e instrucción del IAE

Explicación del epígrafe 731: qué actividad es

El epígrafe 731 de la Sección 2.ª es el de los abogados que ejercen por cuenta propia: asesoramiento jurídico, redacción de contratos y escritos, defensa en juicio y cualquier otra actuación propia de la abogacía. Es obligatorio estar colegiado en un Colegio de Abogados para ejercer.

Lo usan tanto los abogados que trabajan solos como los que comparten despacho con otros compañeros como autónomos, y también los abogados que colaboran con un bufete facturándole sus servicios. Si ejerces esta actividad a través de una sociedad (SL, SLP, cooperativa…), la sociedad no puede usar este epígrafe: debe darse de alta en el epígrafe equivalente de la Sección 1.ª.

Ejemplos de actividades que se dan de alta en el epígrafe 731

  • Abogado generalista o especializado (laboral, penal, familia, mercantil…) con despacho propio.
  • Abogado autónomo que factura a un bufete por los asuntos que lleva.
  • Abogado que presta asesoramiento jurídico online.
  • Abogado que actúa como mediador o administrador concursal (puede necesitar también otros epígrafes).

Actividades que no van aquí

Casos prácticos

Ejemplo 1: Abogada que empieza a ejercer

Lucía termina el máster de acceso, se colegia y abre su despacho. Se da de alta en el epígrafe 731 con el modelo 036 y en el RETA (o en la mutualidad alternativa). Durante su año de inicio y los dos siguientes aplica una retención del 7 % en las facturas a empresas y profesionales; a particulares factura sin retención.

Ejemplo 2: Abogado que además da clases

Javier ejerce como abogado y además imparte un curso en una academia como autónomo. Debe darse de alta también en el epígrafe 826 de la Sección 2.ª para la actividad docente, indicando cuál es su actividad principal.

Consejo práctico: Los abogados pueden elegir entre el RETA y la mutualidad de la abogacía como sistema de previsión; la elección tiene consecuencias importantes en cotización y prestaciones.

Definición oficial en las tarifas del IAE

Las tarifas del IAE describen esta actividad como «Abogados». Debe darse de alta en este epígrafe quien realice esa actividad de forma habitual y por cuenta propia, como profesional persona física. Si además realizas otras actividades distintas, tendrás que darte de alta también en sus epígrafes correspondientes.

Texto oficial de la tarifa: cuota y notas

Cuota de: 44.402 pesetas. (266,86 euros)

Las cuotas figuran en pesetas en el texto original de la norma, con su equivalencia en euros entre paréntesis. A estas cuotas mínimas se les aplican el coeficiente de ponderación y, en su caso, el coeficiente de situación y el recargo provincial que fije cada ayuntamiento y diputación.

Fiscalidad de la actividad: IRPF, IVA e IAE

  • IRPF: al tratarse de una actividad profesional, las facturas emitidas a empresas y otros profesionales llevan, con carácter general, una retención del 15 % (7 % durante el año de inicio y los dos siguientes). El rendimiento se determina por estimación directa (normal o simplificada) y, si no se practica retención sobre al menos el 70 % de los ingresos, hay que presentar pagos fraccionados con el modelo 130.
  • Ejercicio a través de sociedad: cuando una actividad profesional la desarrolla una persona jurídica o una entidad del artículo 35.4 de la LGT, la clasificación se realiza en el epígrafe equivalente de la Sección 1.ª de las tarifas.
  • IVA: con carácter general los servicios profesionales tributan al 21 % y se declaran trimestralmente con el modelo 303 y el resumen anual modelo 390.
  • IAE: están exentas del pago las personas físicas, los sujetos pasivos durante los dos primeros periodos impositivos de actividad y las entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 €. Aun estando exento, hay que darse de alta en el epígrafe a través de la declaración censal.

Cómo darse de alta en el epígrafe 731

  1. Declaración censal (modelo 036) ante la Agencia Tributaria, indicando el epígrafe 731 de la Sección 2.ª, la fecha de inicio y el lugar de ejercicio. Desde 2025 el modelo 037 está suprimido y todo se tramita con el 036.
  2. Alta en la Seguridad Social (RETA si eres autónomo, o el régimen que corresponda) con el código CNAE de la actividad, antes de empezar a trabajar.
  3. Modelo 840 del IAE solo si no estás exento (entidades con cifra de negocios igual o superior a 1 millón de euros).
  4. Licencias y permisos municipales si la actividad se desarrolla en un local, y requisitos sectoriales específicos cuando existan.

Otros epígrafes de la agrupación 73

Preguntas frecuentes

¿Qué epígrafe tiene un abogado autónomo?

El epígrafe 731 de la Sección 2.ª de las tarifas del IAE (actividades profesionales).

¿Las facturas de un abogado llevan IVA?

Sí, con carácter general al 21 %, y retención de IRPF del 15 % (7 % en inicio) cuando el cliente es empresa o profesional.

¿Qué es el epígrafe 731 del IAE?

Es el código de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponde a la actividad de abogados, dentro de las actividades profesionales (Sección 2.ª).

¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 731?

No, si eres persona física o si tu empresa factura menos de 1.000.000 € al año, ni durante los dos primeros años de actividad. Aun así, debes darte de alta en el epígrafe mediante el modelo 036.

¿Qué modelo se presenta para darse de alta en el epígrafe 731?

La declaración censal, modelo 036, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. El modelo 037 (simplificado) quedó suprimido en 2025.

¿Puedo estar dado de alta en varios epígrafes a la vez?

Sí. Debes darte de alta en todos los epígrafes que correspondan a las actividades que realmente ejerces, e indicar cuál es la principal.

¿Las facturas del epígrafe 731 llevan retención de IRPF?

Sí, cuando el cliente es una empresa o un profesional: con carácter general un 15 %, o un 7 % durante el año de inicio y los dos siguientes.

Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990 (BOE), texto consolidado. Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos; consulta con tu asesor tu caso concreto.

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