Actualizado: 6 de octubre de 2026
El grupo 426 del IAE agrupa las actividades de sidrerías. Se encuadra en la Sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas, dentro de la agrupación 42 («Industrias de otros productos alimenticios, bebidas y tabaco») y de la división 4 («Otras industrias manufactureras»). A continuación tienes todos los epígrafes que comprende y cómo elegir el adecuado.
| Código | Grupo 426 |
|---|---|
| Denominación | Sidrerías |
| Sección | Sección 1.ª · Actividades empresariales |
| División | División 4 · Otras industrias manufactureras |
| Agrupación | Agrupación 42 · Industrias de otros productos alimenticios, bebidas y tabaco |
| Tipo de actividad | Empresarial |
| Norma | Real Decreto Legislativo 1175/1990, tarifas e instrucción del IAE |
Epígrafes y actividades que incluye
- Epígrafe 426.1 Sidra y otras bebidas fermentadas similares
- Epígrafe 426.2 Productos residuales de sidrerías
Notas oficiales
Cuota de:
Por cada obrero: 5.765 pesetas. (34,648348 euros)
Por cada Kw: 1.884 pesetas. (11,323068 euros)
Nota: Este grupo comprende la elaboración de sidra natural, sidras espumosas y gasificadas; fabricación de vinagres de sidra y elaboración de bebidas de otras frutas fermentadas (sidra de pera o perada, sake, vino de palma, aguamiel, jengibre, etc.), así como el embotellado que se realiza conjuntamente con la elaboración.
Cuando el sujeto pasivo elabore individual y aisladamente la sidra con manzanas de su propia cosecha, la cuota será el 25 por ciento de la señalada en este grupo.
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes:
Cómo elegir el epígrafe correcto
Elige el epígrafe que describa con más precisión la actividad que realmente vas a desarrollar. Si haces varias actividades, debes darte de alta en todos los epígrafes correspondientes; para Hacienda una de ellas será la actividad principal. Recuerda que el epígrafe del IAE (ámbito tributario) es distinto del código CNAE (ámbito estadístico y de Seguridad Social), aunque ambos deben ser coherentes.
Otros epígrafes de la agrupación 42
- Grupo 420 Industria del azúcar
- Grupo 421 Industria del cacao, chocolate y productos de confitería
- Grupo 422 Industrias de productos para la alimentación animal (incluidas las harinas de pescado)
- Grupo 423 Elaboración de productos alimenticios diversos
- Grupo 424 Industrias de alcoholes etílicos de fermentación
- Grupo 425 Industria vinícola
- Grupo 427 Fabricación de cerveza y malta cervecera
- Grupo 428 Industria de las aguas minerales, aguas gaseosas y otras bebidas analcohólicas
- Grupo 429 Industria del tabaco
Preguntas frecuentes
¿Qué epígrafes incluye el grupo 426 del IAE?
Incluye 2 subdivisiones, que puedes consultar en el listado de esta página. Cada una tiene su propia ficha con cuota, notas e información fiscal.
¿Me doy de alta en el grupo 426 o en un epígrafe concreto?
Siempre en el epígrafe concreto (el nivel más detallado) que describa tu actividad. Este nivel solo sirve para agruparlos.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990 (BOE), texto consolidado. Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos; consulta con tu asesor tu caso concreto.