Actualizado: 6 de octubre de 2026
El grupo 491 del IAE agrupa las actividades de joyería y bisutería. Se encuadra en la Sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas, dentro de la agrupación 49 («Otras industrias manufactureras») y de la división 4 («Otras industrias manufactureras»). A continuación tienes todos los epígrafes que comprende y cómo elegir el adecuado.
| Código | Grupo 491 |
|---|---|
| Denominación | Joyería y bisutería |
| Sección | Sección 1.ª · Actividades empresariales |
| División | División 4 · Otras industrias manufactureras |
| Agrupación | Agrupación 49 · Otras industrias manufactureras |
| Tipo de actividad | Empresarial |
| Norma | Real Decreto Legislativo 1175/1990, tarifas e instrucción del IAE |
Epígrafes y actividades que incluye
Cómo elegir el epígrafe correcto
Elige el epígrafe que describa con más precisión la actividad que realmente vas a desarrollar. Si haces varias actividades, debes darte de alta en todos los epígrafes correspondientes; para Hacienda una de ellas será la actividad principal. Recuerda que el epígrafe del IAE (ámbito tributario) es distinto del código CNAE (ámbito estadístico y de Seguridad Social), aunque ambos deben ser coherentes.
Otros epígrafes de la agrupación 49
- Grupo 492 Fabricación de instrumentos de música
- Grupo 493 Laboratorios fotográficos y cinematográficos
- Grupo 494 Fabricación de juegos, juguetes y artículos de deporte
- Grupo 495 Industrias manufactureras diversas
Preguntas frecuentes
¿Qué epígrafes incluye el grupo 491 del IAE?
Incluye 2 subdivisiones, que puedes consultar en el listado de esta página. Cada una tiene su propia ficha con cuota, notas e información fiscal.
¿Me doy de alta en el grupo 491 o en un epígrafe concreto?
Siempre en el epígrafe concreto (el nivel más detallado) que describa tu actividad. Este nivel solo sirve para agruparlos.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990 (BOE), texto consolidado. Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos; consulta con tu asesor tu caso concreto.