Actualizado: 6 de octubre de 2026
El modelo 184 lo presentan las comunidades de bienes, sociedades civiles sin objeto mercantil, herencias yacentes y demás entidades en régimen de atribución de rentas, para informar de las rentas obtenidas y su reparto entre los socios o comuneros.
| Modelo | 184 |
|---|---|
| Nombre | Declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas |
| Quién lo presenta | Entidades en atribución de rentas con rentas superiores a 3.000 € o con actividad económica |
| Periodicidad | Anual |
| Plazo | Del 1 al 31 de enero del año siguiente |
| Tipo | Declaración informativa |
Contenido
Se identifican la entidad y cada uno de sus miembros, el porcentaje de participación, las rentas obtenidas por tipo (actividades económicas, capital mobiliario e inmobiliario, ganancias patrimoniales) y la parte atribuida a cada partícipe, que la declarará en su IRPF o IS.
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Preguntas frecuentes
¿Una comunidad de bienes paga IRPF?
No directamente. La comunidad no tributa por IRPF: sus rentas se atribuyen a los comuneros, que las incluyen en sus propias declaraciones según su participación.
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