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Cuenta 535 del PGC: Dividendo a cobrar de inversiones financieras en partes vinculadas

Actualizado: 6 de octubre de 2026

La cuenta 535 del Plan General Contable recoge «Dividendo a cobrar de inversiones financieras en partes vinculadas». En esta ficha encontrarás su definición oficial, cuándo se carga y cuándo se abona y las cuentas con las que se relaciona.

Código 535
Denominación Dividendo a cobrar de inversiones financieras en partes vinculadas
Nivel Cuenta
Grupo 5 · Cuentas financieras
Subgrupo 53 · Inversiones financieras a corto plazo en partes vinculadas
Naturaleza Cuentas financieras (activo o pasivo corriente)
Norma Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007)

Qué es la cuenta 535 y cuándo se utiliza

La cuenta 535 recoge las dividendos a cobrar de inversiones en partes vinculadas.

Definición y movimiento según el PGC

Créditos por dividendos, sean definitivos o «a cuenta», pendientes de cobro, procedentes de inversiones financieras en empresas vinculadas.

Figurará en el activo corriente del balance.

Subcuentas que comprende

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Preguntas frecuentes

¿Qué recoge la cuenta 535 del PGC?

Recoge dividendo a cobrar de inversiones financieras en partes vinculadas. Su naturaleza es: cuentas financieras (activo o pasivo corriente).

¿La cuenta 535 existe en el PGC de Pymes?

El PGC de Pymes (Real Decreto 1515/2007) utiliza una estructura de cuentas muy similar, aunque simplificada. Conviene comprobar en su cuadro de cuentas si este código concreto se mantiene.

Fuente: cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables del Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (BOE). Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos.

Plan General Contable

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