Actualizado: 6 de octubre de 2026
La subcuenta 1370 del Plan General Contable recoge «Ingresos fiscales por diferencias permanentes a distribuir en varios ejercicios». En esta ficha encontrarás su definición oficial, cuándo se carga y cuándo se abona y las cuentas con las que se relaciona.
| Código | 1370 |
|---|---|
| Denominación | Ingresos fiscales por diferencias permanentes a distribuir en varios ejercicios |
| Nivel | Subcuenta |
| Grupo | 1 · Financiación básica |
| Subgrupo | 13 · Subvenciones, donaciones y ajustes por cambios de valor |
| Cuenta | 137 · Ingresos fiscales a distribuir en varios ejercicios |
| Naturaleza | Patrimonio neto y pasivo no corriente (financiación básica) |
| Norma | Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007) |
Definición y movimiento según el PGC
a) Se abonará, al cierre del ejercicio, por el importe del efecto impositivo de las diferencias permanentes a imputar en varios ejercicios, con cargo a la cuenta 834.
b) Se cargará, al cierre del ejercicio, por la parte imputada en el ejercicio del efecto impositivo de la diferencia permanente, con abono a la cuenta 836.
Cuentas relacionadas
Preguntas frecuentes
¿Qué recoge la subcuenta 1370 del PGC?
Recoge ingresos fiscales por diferencias permanentes a distribuir en varios ejercicios. Su naturaleza es: patrimonio neto y pasivo no corriente (financiación básica).
¿La subcuenta 1370 existe en el PGC de Pymes?
El PGC de Pymes (Real Decreto 1515/2007) utiliza una estructura de cuentas muy similar, aunque simplificada. Conviene comprobar en su cuadro de cuentas si este código concreto se mantiene.
Fuente: cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables del Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (BOE). Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos.