Actualizado: 6 de octubre de 2026
La subcuenta 6651 del Plan General Contable recoge «Intereses por descuento de efectos en entidades de crédito asociadas». En esta ficha encontrarás su definición oficial, cuándo se carga y cuándo se abona y las cuentas con las que se relaciona.
| Código | 6651 |
|---|---|
| Denominación | Intereses por descuento de efectos en entidades de crédito asociadas |
| Nivel | Subcuenta |
| Grupo | 6 · Compras y gastos |
| Subgrupo | 66 · Gastos financieros |
| Cuenta | 665 · Intereses por descuento de efectos y operaciones de «factoring» |
| Naturaleza | Gasto: cuenta de pérdidas y ganancias |
| Norma | Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007) |
Definición y movimiento según el PGC
Esta subcuenta se rige por la definición de su cuenta de tres dígitos (665):
Intereses en las operaciones de descuento de letras y otros efectos, así como en operaciones de «factoring» en las que la empresa retiene sustancialmente los riesgos y beneficios de los derechos de cobro.
Se cargará por el importe de los intereses, con abono, generalmente, a la cuenta 5208 ó 5209.
Cuentas relacionadas
- 6650 Intereses por descuento de efectos en entidades de crédito del grupo
- 6652 Intereses por descuento de efectos en otras entidades de crédito vinculadas
- 6653 Intereses por descuento de efectos en otras entidades de crédito
- 6654 Intereses por operaciones de «factoring» con entidades de crédito del grupo
- 6657 Intereses por operaciones de «factoring» con otras entidades de crédito
Preguntas frecuentes
¿Qué recoge la subcuenta 6651 del PGC?
Recoge intereses por descuento de efectos en entidades de crédito asociadas. Su naturaleza es: gasto: cuenta de pérdidas y ganancias.
¿La subcuenta 6651 tiene saldo deudor o acreedor?
Es una cuenta de gasto, por lo que normalmente presenta saldo deudor: se carga cuando se devenga el gasto y se salda al cierre del ejercicio contra la cuenta 129 (o contra el patrimonio neto, en el caso del grupo 8).
¿La subcuenta 6651 existe en el PGC de Pymes?
El PGC de Pymes (Real Decreto 1515/2007) utiliza una estructura de cuentas muy similar, aunque simplificada. Conviene comprobar en su cuadro de cuentas si este código concreto se mantiene.
Fuente: cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables del Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (BOE). Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos.