Actualizado: 6 de octubre de 2026
La cuenta 794 del Plan General Contable recoge «Reversión del deterioro de créditos por operaciones comerciales». En esta ficha encontrarás su definición oficial, cuándo se carga y cuándo se abona y las cuentas con las que se relaciona.
| Código | 794 |
|---|---|
| Denominación | Reversión del deterioro de créditos por operaciones comerciales |
| Nivel | Cuenta |
| Grupo | 7 · Ventas e ingresos |
| Subgrupo | 79 · Excesos y aplicaciones de provisiones y de pérdidas por deterioro |
| Naturaleza | Ingreso: cuenta de pérdidas y ganancias |
| Norma | Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007) |
Definición y movimiento según el PGC
Importe de la corrección por deterioro existente al cierre del ejercicio anterior.
Se abonará por el deterioro contabilizado en el ejercicio precedente, con cargo a las cuentas 490, 493 ó 599.
Cuando se utilice la alternativa segunda prevista en la cuenta 490, la definición y movimiento contable se adaptarán a lo establecido en dicha cuenta.
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- 799 Reversión del deterioro de créditos a corto plazo
Preguntas frecuentes
¿Qué recoge la cuenta 794 del PGC?
Recoge reversión del deterioro de créditos por operaciones comerciales. Su naturaleza es: ingreso: cuenta de pérdidas y ganancias.
¿La cuenta 794 tiene saldo deudor o acreedor?
Es una cuenta de ingreso, por lo que normalmente presenta saldo acreedor: se abona cuando se devenga el ingreso y se salda al cierre del ejercicio.
¿La cuenta 794 existe en el PGC de Pymes?
El PGC de Pymes (Real Decreto 1515/2007) utiliza una estructura de cuentas muy similar, aunque simplificada. Conviene comprobar en su cuadro de cuentas si este código concreto se mantiene.
Fuente: cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables del Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (BOE). Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos.