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Modelo 721: Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero

Actualizado: 6 de octubre de 2026

El modelo 721 obliga a los residentes fiscales en España a informar de las monedas virtuales custodiadas por entidades situadas en el extranjero (por ejemplo, exchanges no establecidos en España) cuando su valor conjunto supera 50.000 € a 31 de diciembre.

Modelo 721
Nombre Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero
Quién lo presenta Residentes con criptomonedas en custodios extranjeros por valor superior a 50.000 €
Periodicidad Anual
Plazo Del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente

Qué no se incluye

Las criptomonedas que guardas tú mismo en monederos propios (autocustodia) no se declaran en el 721. Las custodiadas por entidades españolas tampoco, ya que se informan a través de otros modelos.

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Preguntas frecuentes

¿Hay que presentar el 721 todos los años?

Solo si el valor aumenta en más de 20.000 € respecto a la última declaración presentada o si dejas de ser titular de alguna moneda virtual declarada.

Información elaborada por ContaNews a partir de la normativa y la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Revisa siempre los plazos oficiales del ejercicio en curso.

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