Actualizado: 6 de octubre de 2026
El modelo 720 es la declaración informativa en la que los residentes fiscales en España comunican sus cuentas bancarias, valores, seguros e inmuebles situados en el extranjero cuando superan 50.000 € por bloque.
| Modelo | 720 |
|---|---|
| Nombre | Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero |
| Quién lo presenta | Residentes en España con bienes en el extranjero por encima de 50.000 € en algún bloque |
| Periodicidad | Anual |
| Plazo | Del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente |
Bloques de bienes
- Cuentas en entidades financieras.
- Valores, derechos, seguros y rentas.
- Inmuebles y derechos sobre inmuebles.
Solo hay que volver a presentarlo en años posteriores si el saldo de un bloque aumenta en más de 20.000 € respecto a la última declaración, o si se cancela o vende algún bien declarado.
Régimen sancionador
Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 27 de enero de 2022 y la Ley 5/2022, las sanciones específicas del 720 se suprimieron y se aplica el régimen general de infracciones por declaraciones informativas.
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Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar una cuenta en el extranjero con 30.000 €?
Solo si la suma de todas tus cuentas en el extranjero supera 50.000 € a 31 de diciembre o en saldo medio del último trimestre.
Información elaborada por ContaNews a partir de la normativa y la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Revisa siempre los plazos oficiales del ejercicio en curso.