Actualizado: 6 de octubre de 2026
El modelo 714 es la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, que grava el patrimonio neto de las personas físicas a 31 de diciembre de cada año.
| Modelo | 714 |
|---|---|
| Nombre | Impuesto sobre el Patrimonio |
| Quién lo presenta | Personas físicas con cuota a ingresar o con bienes y derechos de valor superior a 2.000.000 € |
| Periodicidad | Anual |
| Plazo | El mismo de la campaña de renta (abril a 30 de junio) |
Mínimos y exenciones
Con carácter general existe un mínimo exento de 700.000 € (las comunidades autónomas pueden modificarlo) y la vivienda habitual está exenta hasta 300.000 €. También están exentos, con requisitos, los bienes y participaciones afectos a actividades empresariales.
Relación con el impuesto de solidaridad
Mientras siga vigente, el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas afecta a patrimonios netos superiores a 3 millones de euros y se declara con un modelo propio (718), deduciendo lo pagado por Patrimonio.
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Preguntas frecuentes
¿Si no tengo que pagar Patrimonio debo presentarlo?
Sí, si el valor de tus bienes y derechos (sin restar deudas) supera 2.000.000 €, aunque la cuota resulte cero.
Información elaborada por ContaNews a partir de la normativa y la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Revisa siempre los plazos oficiales del ejercicio en curso.