miércoles, 7 de octubre de 2026 Información contable, fiscal y empresarial
Actualidad profesional
ContaNews - Noticias de contabilidad, fiscalidad y empresa
EN DIRECTO
ContaNews: actualidad sobre contabilidad, impuestos, autónomos, empresas, asesorías y gestión empresarial.

Epígrafe 682 del IAE: Servicio de hospedaje en hostales y pensiones

Actualizado: 6 de octubre de 2026

El epígrafe 682 del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) corresponde a la actividad de servicio de hospedaje en hostales y pensiones. Se encuadra en la Sección 1.ª (actividades empresariales) de las tarifas, dentro de la agrupación 68 («Servicio de hospedaje») y de la división 6 («Comercio, restaurantes y hospedaje, reparaciones»).

Código Epígrafe 682
Denominación Servicio de hospedaje en hostales y pensiones
Sección Sección 1.ª · Actividades empresariales
División División 6 · Comercio, restaurantes y hospedaje, reparaciones
Agrupación Agrupación 68 · Servicio de hospedaje
Tipo de actividad Empresarial
Norma Real Decreto Legislativo 1175/1990, tarifas e instrucción del IAE

Explicación del epígrafe 682: qué actividad es

El grupo 682 es el del servicio de hospedaje en hostales y pensiones.

Tributa al 10 % de IVA y puede acogerse a módulos si el titular es persona física y no supera los límites.

Ejemplos de actividades que se dan de alta en el epígrafe 682

  • Hostal.
  • Pensión.

Actividades que no van aquí

Definición oficial en las tarifas del IAE

Las tarifas del IAE describen esta actividad como «Servicio de hospedaje en hostales y pensiones». Debe darse de alta en este epígrafe quien realice esa actividad de forma habitual y por cuenta propia. Si además realizas otras actividades distintas, tendrás que darte de alta también en sus epígrafes correspondientes.

Texto oficial de la tarifa: cuota y notas

Cuota de:

Hostales y pensiones de tres estrellas: 725 pesetas/habitación. (4,357338 euros)

Hostales y pensiones de dos estrellas: 497 pesetas/habitación. (2,987030 euros)

Hostales y pensiones de una estrella: 414 pesetas/habitación. (2,488190 euros)

Nota: En aquellos hostales y pensiones que permanezcan abiertos menos de ocho meses al año, su cuota será el 70 por ciento de la señalada en este grupo.

Las cuotas figuran en pesetas en el texto original de la norma, con su equivalencia en euros entre paréntesis. A estas cuotas mínimas se les aplican el coeficiente de ponderación y, en su caso, el coeficiente de situación y el recargo provincial que fije cada ayuntamiento y diputación.

Fiscalidad de la actividad: IRPF, IVA e IAE

  • Módulos: esta actividad figura en la Orden de módulos vigente, por lo que una persona física puede tributar en estimación objetiva del IRPF y en el régimen simplificado del IVA si no supera los límites de exclusión (volumen de rendimientos, compras y magnitudes) y no ha renunciado. En ese caso los pagos fraccionados se presentan con el modelo 131.
  • IVA: los servicios de hospedaje (hoteles, hostales, campings, etc.) tributan, con carácter general, al tipo reducido del 10 %.
  • IAE: están exentas del pago las personas físicas, los sujetos pasivos durante los dos primeros periodos impositivos de actividad y las entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 €. Aun estando exento, hay que darse de alta en el epígrafe a través de la declaración censal.

Cómo darse de alta en el epígrafe 682

  1. Declaración censal (modelo 036) ante la Agencia Tributaria, indicando el epígrafe 682, la fecha de inicio y el lugar de ejercicio. Desde 2025 el modelo 037 está suprimido y todo se tramita con el 036.
  2. Alta en la Seguridad Social (RETA si eres autónomo, o el régimen que corresponda) con el código CNAE de la actividad, antes de empezar a trabajar.
  3. Modelo 840 del IAE solo si no estás exento (entidades con cifra de negocios igual o superior a 1 millón de euros).
  4. Licencias y permisos municipales si la actividad se desarrolla en un local, y requisitos sectoriales específicos cuando existan.

Otros epígrafes de la agrupación 68

Preguntas frecuentes

¿Qué es el epígrafe 682 del IAE?

Es el código de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponde a la actividad de servicio de hospedaje en hostales y pensiones, dentro de las actividades empresariales (Sección 1.ª).

¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 682?

No, si eres persona física o si tu empresa factura menos de 1.000.000 € al año, ni durante los dos primeros años de actividad. Aun así, debes darte de alta en el epígrafe mediante el modelo 036.

¿Qué modelo se presenta para darse de alta en el epígrafe 682?

La declaración censal, modelo 036, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. El modelo 037 (simplificado) quedó suprimido en 2025.

¿Puedo estar dado de alta en varios epígrafes a la vez?

Sí. Debes darte de alta en todos los epígrafes que correspondan a las actividades que realmente ejerces, e indicar cuál es la principal.

Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990 (BOE), texto consolidado. Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos; consulta con tu asesor tu caso concreto.

Scroll al inicio