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Cuenta 540 del PGC: Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio

Actualizado: 6 de octubre de 2026

La cuenta 540 del Plan General Contable recoge «Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio». En esta ficha encontrarás su definición oficial, cuándo se carga y cuándo se abona y las cuentas con las que se relaciona.

Código 540
Denominación Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio
Nivel Cuenta
Grupo 5 · Cuentas financieras
Subgrupo 54 · Otras inversiones financieras a corto plazo
Naturaleza Cuentas financieras (activo o pasivo corriente)
Norma Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007)

Qué es la cuenta 540 y cuándo se utiliza

La cuenta 540 recoge las inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio: acciones y participaciones de otras empresas que se compran con intención de venderlas en menos de un año.

Operaciones habituales que se registran en la cuenta 540

  • Compra de acciones cotizadas como inversión de tesorería.

Ejemplos prácticos de la cuenta 540 con asientos

Ejemplo 1: Compra de acciones

Se compran acciones por 5.000 € y el banco cobra 20 € de comisión.

Debe Cuenta Haber
5.000,00 € 540 Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio
20,00 € 626 Servicios bancarios y similares
572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 5.020,00 €
5.020,00 € Totales 5.020,00 €

Si se clasifican como activos a valor razonable con cambios en resultados, los costes de transacción van a gasto.

Definición y movimiento según el PGC

Inversiones a corto plazo en derechos sobre el patrimonio neto –acciones con o sin cotización en un mercado regulado u otros valores, tales como, participaciones en instituciones de inversión colectiva, o participaciones en sociedades de responsabilidad limitada– de entidades que no tengan la consideración de partes vinculadas.

Figurará en el activo corriente del balance.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se cargará:

a1) A la suscripción o compra, con abono a cuentas del subgrupo 57 y, en su caso, a la cuenta 549.

a2) Por las variaciones en su valor razonable, con abono a la cuenta 763.

b) Se abonará:

b1) Por las variaciones en su valor razonable, con cargo a la cuenta 663.

b2) Por las enajenaciones y en general por la baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y si existen desembolsos pendientes a la cuenta 549.

Resumen: cuándo se carga y cuándo se abona la cuenta 540

Debe (cargos)

  • A la suscripción o compra, con abono a cuentas del subgrupo 57 y, en su caso, a la cuenta 549.
  • Por las variaciones en su valor razonable, con abono a la cuenta 763.

Haber (abonos)

  • Por las variaciones en su valor razonable, con cargo a la cuenta 663.
  • Por las enajenaciones y en general por la baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y si existen desembolsos pendientes a la cuenta 549.

Cuentas relacionadas

Preguntas frecuentes

¿Qué recoge la cuenta 540 del PGC?

Recoge inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio. Su naturaleza es: cuentas financieras (activo o pasivo corriente).

¿La cuenta 540 existe en el PGC de Pymes?

El PGC de Pymes (Real Decreto 1515/2007) utiliza una estructura de cuentas muy similar, aunque simplificada. Conviene comprobar en su cuadro de cuentas si este código concreto se mantiene.

Fuente: cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables del Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (BOE). Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos.

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