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Subcuenta 4709 del PGC: Hacienda Pública, deudora por devolución de impuestos

Actualizado: 7 de octubre de 2026

La subcuenta 4709 del Plan General Contable recoge «Hacienda Pública, deudora por devolución de impuestos». En esta ficha encontrarás su definición oficial, cuándo se carga y cuándo se abona y las cuentas con las que se relaciona.

Código 4709
Denominación Hacienda Pública, deudora por devolución de impuestos
Nivel Subcuenta
Grupo 4 · Acreedores y deudores por operaciones comerciales
Subgrupo 47 · Administraciones públicas
Cuenta 470 · Hacienda Pública, deudora por diversos conceptos
Naturaleza Acreedores y deudores por operaciones comerciales (activo o pasivo corriente)
Norma Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007)

Qué es la subcuenta 4709 y cuándo se utiliza

La subcuenta 4709 «Hacienda Pública, deudora por devolución de impuestos» recoge las devoluciones solicitadas del Impuesto sobre Sociedades o del IRPF pendientes de cobro.

Por ejemplo, cuando los pagos fraccionados y retenciones superan la cuota del Impuesto sobre Sociedades y el modelo 200 sale a devolver.

Definición y movimiento según el PGC

Créditos con la Hacienda Pública por razón de devolución de impuestos.

a) Se cargará:

a1) Por las retenciones y pagos a cuenta a devolver, con abono a la cuenta 473.

a2) Por la cuota de ejercicios anteriores que recupera la empresa como consecuencia de las liquidaciones fiscales del impuesto o impuestos sobre el beneficio, con abono, a la cuenta 6300 o, en su caso, a la cuenta 8300.

a3) Tratándose de devoluciones de otros impuestos que hubieran sido contabilizados en cuentas de gastos, con abono a la cuenta 636. Si hubieran sido cargados en cuentas del grupo 2, serán éstas las cuentas abonadas por el importe de la devolución.

b) Se abonará al cobro, con cargo a cuentas del subgrupo 57.

Resumen: cuándo se carga y cuándo se abona la subcuenta 4709

Debe (cargos)

  • Por las retenciones y pagos a cuenta a devolver, con abono a la cuenta 473.
  • Por la cuota de ejercicios anteriores que recupera la empresa como consecuencia de las liquidaciones fiscales del impuesto o impuestos sobre el beneficio, con abono, a la cuenta 6300 o, en su caso, a la cuenta 8300.
  • Tratándose de devoluciones de otros impuestos que hubieran sido contabilizados en cuentas de gastos, con abono a la cuenta 636. Si hubieran sido cargados en cuentas del grupo 2, serán éstas las cuentas abonadas por el importe de la devolución.

Haber (abonos)

  • Ver definición oficial.

Cuentas relacionadas

Preguntas frecuentes

¿Qué recoge la subcuenta 4709 del PGC?

Recoge hacienda Pública, deudora por devolución de impuestos. Su naturaleza es: acreedores y deudores por operaciones comerciales (activo o pasivo corriente).

¿La subcuenta 4709 existe en el PGC de Pymes?

El PGC de Pymes (Real Decreto 1515/2007) utiliza una estructura de cuentas muy similar, aunque simplificada. Conviene comprobar en su cuadro de cuentas si este código concreto se mantiene.

Fuente: cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables del Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (BOE). Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos.

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