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Cuenta 473 del PGC: Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta

Actualizado: 6 de octubre de 2026

La cuenta 473 del Plan General Contable recoge «Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta». En esta ficha encontrarás su definición oficial, cuándo se carga y cuándo se abona y las cuentas con las que se relaciona.

Código 473
Denominación Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta
Nivel Cuenta
Grupo 4 · Acreedores y deudores por operaciones comerciales
Subgrupo 47 · Administraciones públicas
Naturaleza Acreedores y deudores por operaciones comerciales (activo o pasivo corriente)
Norma Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007)

Qué es la cuenta 473 y cuándo se utiliza

La cuenta 473 recoge las retenciones y pagos a cuenta que le han practicado a la empresa: retenciones en facturas emitidas (profesionales), en alquileres cobrados, en intereses bancarios, y los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades (modelo 202) o del IRPF (modelos 130/131).

Su saldo deudor se descuenta del impuesto final al hacer la declaración anual.

Operaciones habituales que se registran en la cuenta 473

  • Retenciones del 15 % en las facturas de un profesional.
  • Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.
  • Retenciones sobre intereses de cuentas o depósitos.

Ejemplos prácticos de la cuenta 473 con asientos

Ejemplo 1: Factura emitida con retención

Una sociedad de consultoría factura 3.000 € + IVA a una empresa, que retiene un 15 %.

Debe Cuenta Haber
3.180,00 € 430 Clientes
450,00 € 473 Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta
705 Prestaciones de servicios 3.000,00 €
477 Hacienda Pública, IVA repercutido 630,00 €
3.630,00 € Totales 3.630,00 €

Ejemplo 2: Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades

Se ingresa el pago fraccionado de abril (modelo 202) por 1.200 €.

Debe Cuenta Haber
1.200,00 € 473 Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta
572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 1.200,00 €
1.200,00 € Totales 1.200,00 €

Definición y movimiento según el PGC

Cantidades retenidas a la empresa y pagos realizados por la misma a cuenta de impuestos.

Con carácter general, su movimiento es el siguiente:

a) Se cargará por el importe de la retención o pago a cuenta, con abono, generalmente, a cuentas del grupo 5 y a cuentas del subgrupo 76.

b) Se abonará:

b1) Por el importe de las retenciones soportadas y los ingresos a cuenta del impuesto sobre sociedades realizados, hasta el importe de la cuota líquida del periodo, con cargo a la cuenta 6300 o, en su caso, a la cuenta 8300.

b2) Por el importe de las retenciones soportadas e ingresos a cuenta del impuesto sobre sociedades que deban ser objeto de devolución a la empresa, con cargo a la cuenta 4709.

Resumen: cuándo se carga y cuándo se abona la cuenta 473

Debe (cargos)

  • Ver definición oficial.

Haber (abonos)

  • Por el importe de las retenciones soportadas y los ingresos a cuenta del impuesto sobre sociedades realizados, hasta el importe de la cuota líquida del periodo, con cargo a la cuenta 6300 o, en su caso, a la cuenta 8300.
  • Por el importe de las retenciones soportadas e ingresos a cuenta del impuesto sobre sociedades que deban ser objeto de devolución a la empresa, con cargo a la cuenta 4709.

Cuentas relacionadas

Preguntas frecuentes

¿Qué recoge la cuenta 473 del PGC?

Recoge hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta. Su naturaleza es: acreedores y deudores por operaciones comerciales (activo o pasivo corriente).

¿La cuenta 473 existe en el PGC de Pymes?

El PGC de Pymes (Real Decreto 1515/2007) utiliza una estructura de cuentas muy similar, aunque simplificada. Conviene comprobar en su cuadro de cuentas si este código concreto se mantiene.

Fuente: cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables del Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (BOE). Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos.

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