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Cuenta 206 del PGC: Aplicaciones informáticas

Actualizado: 6 de octubre de 2026

La cuenta 206 del Plan General Contable recoge «Aplicaciones informáticas». En esta ficha encontrarás su definición oficial, cuándo se carga y cuándo se abona y las cuentas con las que se relaciona.

Código 206
Denominación Aplicaciones informáticas
Nivel Cuenta
Grupo 2 · Activo no corriente
Subgrupo 20 · Inmovilizaciones intangibles
Naturaleza Activo no corriente
Norma Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007)

Qué es la cuenta 206 y cuándo se utiliza

La cuenta 206 recoge las aplicaciones informáticas: programas de ordenador, licencias de software de uso indefinido y el desarrollo de páginas web cuando se espera que generen ingresos durante varios ejercicios.

Se amortizan en su vida útil (habitualmente 3 a 5 años). Las licencias de pago periódico (software en la nube o SaaS por suscripción mensual o anual) no se activan: son un gasto del ejercicio (cuenta 629).

Operaciones habituales que se registran en la cuenta 206

  • Compra de un programa de contabilidad o ERP con licencia perpetua.
  • Desarrollo de una aplicación o una web a medida.
  • Programas desarrollados por la propia empresa (contra la cuenta 730).

Errores frecuentes

  • Activar suscripciones mensuales a software en la nube.
  • Activar los gastos de mantenimiento o actualizaciones menores del software.

Ejemplos prácticos de la cuenta 206 con asientos

Ejemplo 1: Compra de una licencia de software

Se adquiere una licencia perpetua de un programa de diseño por 3.000 € + IVA, pagada por transferencia.

Debe Cuenta Haber
3.000,00 € 206 Aplicaciones informáticas
630,00 € 472 Hacienda Pública, IVA soportado
572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros 3.630,00 €
3.630,00 € Totales 3.630,00 €

Ejemplo 2: Amortización anual

La licencia se amortiza linealmente en 3 años.

Debe Cuenta Haber
1.000,00 € 680 Amortización del inmovilizado intangible
2806 Amortización acumulada de aplicaciones informáticas 1.000,00 €
1.000,00 € Totales 1.000,00 €

Fiscalmente, las tablas de amortización permiten amortizar las aplicaciones informáticas hasta un 33 % anual.

Definición y movimiento según el PGC

Importe satisfecho por la propiedad o por el derecho al uso de programas informáticos tanto adquiridos a terceros como elaborados por la propia empresa. También incluye los gastos de desarrollo de las páginas web, siempre que su utilización esté prevista durante varios ejercicios.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se cargará:

a1) Por la adquisición a otras empresas, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.

a2) Por la elaboración propia, con abono a la cuenta 730 y, en su caso, a la cuenta 201.

b) Se abonará por las enajenaciones y en general por su baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y en caso de pérdidas a la cuenta 670.

Resumen: cuándo se carga y cuándo se abona la cuenta 206

Debe (cargos)

  • Por la adquisición a otras empresas, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
  • Por la elaboración propia, con abono a la cuenta 730 y, en su caso, a la cuenta 201.

Haber (abonos)

  • Ver definición oficial.

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Preguntas frecuentes

¿Qué recoge la cuenta 206 del PGC?

Recoge aplicaciones informáticas. Su naturaleza es: activo no corriente.

¿En qué parte del balance aparece la cuenta 206?

En el activo del balance (activo no corriente), salvo las cuentas compensadoras de amortización y deterioro, que minoran el valor del activo.

¿La cuenta 206 existe en el PGC de Pymes?

El PGC de Pymes (Real Decreto 1515/2007) utiliza una estructura de cuentas muy similar, aunque simplificada. Conviene comprobar en su cuadro de cuentas si este código concreto se mantiene.

Fuente: cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables del Plan General de Contabilidad, Real Decreto 1514/2007 (BOE). Ficha elaborada por ContaNews con fines informativos.

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